(f) SANTA FE: Proyecto para multar a los que manejen fumando o comiendo
El Concejo Municipal de Santa Fe tiene para su aprobación y proyecto que propone sanciones por fumar al volante, conducir bebiendo o transportar animales en el asiento delantero. La iniciativa, que en rigor fue presentada en julio pasado, salió nuevamente a flote luego de que, la semana pasada, empezara a regir una ordenanza similar en la ciudad de Córdoba, aunque recién desde este lunes se labran las multas.
«Estamos proponiendo una modificación para sancionar elementos que distraen, inevitablemente, al conductor durante el manejo. Cuando se conduce con una sola mano no sólo se pierde poder de maniobrabilidad, sino que también se le quita al conductor capacidad de reacción frente a un incidente por estar prestando atención a más de una cosa a la vez», señaló el autor de la iniciativa, Ignacio Martínez Kerz.
Tal como informa A Rodar en base a un artículo de La Capital, la modificación al Reglamento de Tránsito propone sanciones por «conducir mientras se ingiere bebidas o comidas», y multar a quien conduce mientras fuma. Asimismo, la modificación propuesta reglamenta multas por «conducir transportando animales y/o mascotas en el asiento delantero del vehículo. Los mismos deberán estar en el asiento de atrás, atados y en condiciones que no permitan molestar al conductor».
Para el justicialista Martínez Kerz, conducir desatendiendo el tránsito pone en grave riesgo al conductor, y por ende, a la seguridad de lo que ocurre a su alrededor, ya que conducir con una mano es un factor de peligro. «Los conductores se encuentran objetivamente más tiempo en la vía pública incrementando el riesgo de accidente si su aptitud para la conducción se ve disminuida por la distracción que produce el acto de fumar, conducir ingiriendo bebidas, o con una mascota suelta dentro del vehículo», dijo el concejal.
En comisión. El proyecto de ordenanza ingresado en julio del año pasado se encuentra en estudio en comisiones del Concejo local y puntualmente especifica una modificación a las infracciones intermedias para «circular, cruzar, maniobrar o detenerse en forma imprudente o guiar con una sola mano o separando ambas del volante, o ingiriendo bebidas, o fumando, o transportando animales en el asiento delantero, con multa de 50 a 500 UF y/o la inhabilitación de hasta sesenta días».
La iniciativa se basa en la certeza de que la multiplicación de estos aspectos en la vida cotidiana hizo que las consecuencias de su uso durante el manejo se asemejen a las cuatro causas más comunes de sufrir un accidente de tránsito: conducir con exceso de velocidad, sin cinturón de seguridad, ebrio o sin casco», señaló el autor.
Por eso, considera que acciones como conducir fumando o tomando mate, bebiendo una gaseosa, o con una mascota en el asiento delantero deben estar sancionados y multados, porque resta capacidad a quien conduce y lo hace insensible al elemento externo.
«Debemos y tenemos que priorizar la conciencia vial, y vistos los accidentes de tránsito que se producen como consecuencia de descuidos, distracciones y por conductas habituales y aparentemente inofensivas durante la conducción, pero que en la realidad fáctica tienen incidencia directa y determinante para la ocurrencia de los mismos y cuyas consecuencias pueden llegar a ser fatales, es que estamos proponiendo este proyecto», señaló.
No obstante, aclaró que las modificaciones propuestas sólo servirán si no persiguen fines recaudatorios. Es un proyecto para mejorar las condiciones de circulación. Es una norma que tiene carácter preventivo y sólo para quien conduce el vehículo. En Córdoba tiene una semana de aplicación», remató.
(fuente: http://www.100seguro.com.ar/Prevencion.aspx?Prog=289#1090)