PREGUNTAS FRECUENTAS SOBRE COOPERATIVAS Y MUTUALES 4

(f) PREGUNTAS FRECUENTAS SOBRE COOPERATIVAS Y MUTUALES 4

¿Qué tipos de asambleas existen?

Mutuales – Podrán ser ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se realizarán una vez al año dentro de los cuatro meses posteriores a la clausura de cada ejercicio y en ella se deberá considerar: balance general, cuenta de gastos y recursos; la memoria y el informe de la junta fiscalizadora. Elegir en su caso, a los integrantes de los órganos sociales para reemplazar a los que finalicen el mandato o para cubrir vacantes; tratar otro asunto incluido en la convocatoria.

Las asambleas extraordinarias serán convocadas siempre que el consejo directivo lo juzgue conveniente, cuando lo solicitara la junta fiscalizadora o a solicitud del 10% de los asociados con derecho a voto.

¿Qué sanciones puede aplicar el consejo de administración por incumplimiento a los instrumentos jurídicos?

Cooperativas – En función de la gravedad de la falta puede

1. Realizar llamado de asistencia;

2. Apercibimiento;

3. Suspensión de hasta 30 días y

4. Exclusión.

¿Qué responsabilidad le cabe a los asociados fundadores y consejeros?

Cooperativas – Hasta que la cooperativa no se hallare regularmente constituida, fundadores y consejeros son ilimitada y solidariamente responsables por los actos practicados y los bienes recibidos, funcionando como una sociedad de hecho. Reconocida su personería jurídica, se limita al capital aportado.

¿Qué funciones cumple el INAES y los órganos de aplicación?

Cooperativas – Representan la fiscalización pública y entres sus funciones principales se destacan:

• Requerir la documentación que estimen necesario;

• Realizar investigaciones e inspecciones en las cooperativas;

• Convocar de oficio a asambleas;

• Asistir a asambleas;

• Velar por el estricto cumplimiento de las leyes;

• Autorizar a funcionar a las cooperativas;

• Asistir y asesorar técnicamente;

• Apoyar económicamente y financieramente e

• Promover al desarrollo cooperativo.

¿Qué formas de notificación de convocatorias a asamblea existen?

Cooperativas – Las diferentes formas son:

• Publicando aviso de la convocatoria en un lugar visible de la sede social de la cooperativa;

• Publicando aviso de la convocatoria en diarios de circulación masiva correspondiente a la jurisdicción de la sede social de la cooperativa;

• Notificando telegráficamente a cada uno de los asociados y

• Notificándolo en forma personal de manera fehaciente.

(fuente: http://www.inaes.gob.ar/es/Contactenos/faqs.asp?offset=60)

 

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