Vacío de coberturas y se suma a Inundación y otras. Nuevos usos en otros países.
Recientemente la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) presentó un proyecto de regulación para el uso de los dispositivos aéreos no tripulados controlados a distancia.
En la actualidad cualquier persona o empresa que desee comandar drones o UAV (siglas en inglés) solo deben cumplir con los requisitos publicados en la Resolución N°41/2015 de la ANAC.
Dicha resolución declara abierto el proceso para la elaboración participativa de Normas respecto de los vehículos aéreos no tripulados pero entendemos que deja afuera a quizás el quid de la cuestión que plantea la presente nota.
Solo es aplicable para las naves que pesan más de 10 kilos y están pensadas para uso profesional, dejando así excluidas a la cantidad de drones “domésticos” que a diario se utilizan.
El anexo que acompaña a la Resolución aclara las definiciones de uso recreativo o deportivo siendo su fin esparcimiento placer o pasatiempos, por tanto no podrá considerarse para tomar fotografías, filmar u observar a terceros sin su consentimiento o sus bienes o sus pertenencias. Así como tampoco se permite la realización de trabajo semejante al trabajo aéreo.
El ámbito de aplicación es todo el territorio nacional comprendiendo en la palabra territorio al espacio aéreo y sus aguas jurisdiccionales, siendo autoridad aeronáutica de aplicación competente.
Los drones se clasifican en: pequeños (hasta 10kg) medianos (de 10 kg a 150kg) y grandes (de 150kg de peso vacío). Además en autónomos, piloteados a distancia y en Sistemas de vehículos piloteados a distancia.
Estarán limitados a 400 pies de altitud máxima. El art 13 del anexo detalla la responsabilidad exclusiva de quienes lo operen o faciliten su uso, incluyendo los daños y perjuicios generados a terceros durante sus operaciones. Para poder “circular” deberá contratar un seguro de RC por los daños que pudiere ocasionar. También es obligatoria la inscripción en un registro único y todos los miembros de la tripulación remota que pretendan utilizarlo deberán ser mayores de edad, contar con un apto psicofisiológico certificado por hospital público.
El art 31 deja expresamente aclarado que el piloto a los mandos es el responsable de su conducción y maniobra.
Los drones se perfilan en potencia para ser utilizados en muchas industrias, desde la bélica hasta el agro. Pueden penetrar en lugares tan recónditos que hasta hoy el ser humano no podía acceder. Esta semana el primer ministro japonés, Shinzo Abe, tuvo un aviso terrorista con la utilización de un drone, uno de estos con una pequeña carga radioactiva se posó frente a la ventana de su despacho, el hecho no tuvo graves consecuencias.
Las aeronaves vuelan entre nosotros y aquello que se presentaba en eventos empresariales como “juguetes” claro está que no lo son. Reflexionado acerca de los seguros una vez mas no encontramos vía internet ninguna aseguradora que ofrezca el producto. (Continuamos aportando ideas al mercado).
(fuente: http://www.segurosaldia.com/interior/20150429/nuevos-nichos-drones-mejora-poco-controlada/)