Motos y Retención de las mismas

control policial en plaza ramirezPREGUNTA: Estimado Rodolfo ¿porque la policía de Entre Rios puede retener las motos? ¿Hay alguna norma que los autorice? Quedo a la espera de tu comentario. Atentamente

RESPUESTA: Mi muy Estimado, el gobierno de la provincia de Entre Rios, a través del Decreto Nº 2.675, estableció una  nueva normativa –que se encuadra en la legislación de Seguridad Vial vigente- para que la Policía pueda actuar ante cualquier infracción que atente contra la seguridad, y pueda retener las motos que circulan en condiciones irregulares.

La medida entró en vigencia a partir del 12 de septiembre de 2014 por el decreto mencionado del Gobierno de Entre Ríos.

Entre las medidas adoptadas durante las 24 horas y en cualquier lugar de la provincia, un móvil policial puede detener a un conductor que cometa una infracción grave o circule sin las disposiciones mencionadas, y secuestrar la moto. Para esto estará facultada, independientemente de un operativo específico y hay un procedimiento particular.

La Policía estará facultada para detener conductores que no lleven el casco reglamentario, falta de documentación como registros, tarjeta, seguro y luces. Es muy común que se desmantelen motos y le saquen sus luces. También agregará controles de alcoholemia y detendrá cuando superen la cantidad de ocupantes permitidos. Se pueden agregar otros controles.

El Decreto:

Mediante el decreto 2675 se dispone que “la Policía de Entre Ríos, a través de sus distintas dependencias”, se encuentra “facultada para actuar en todo el territorio provincial, sin limitación alguna en virtud de competencias municipales”.

El segundo artículo establece que “cuando la policía provincial”, como producto de la actuación, “verifique infracciones que sean de competencia municipal, remitirá copia de actas a jueces de faltas locales o a las autoridades que ejerzan tal competencia”.

El artículo 3 autoriza a la Policía de la provincia a “realizar operativos de control que estime pertinentes, disponiendo a su exclusivo arbitrio, la ubicación física de los mismos, horarios, etc”. Incluso aclara que “podrá llevarlos a cabo en forma conjunta con agentes municipales”.

Finalmente, el artículo 4 determina que “serán objetivos primordiales de las fuerzas policiales provinciales, la prevención de accidentes, la preservación de la seguridad vial y la protección integral de la seguridad pública en todo el territorio”.

La aplicación del mismo se aplica en todo el territorio provincial.

Por el mismo se faculta a la Policía de Entre Rios , a realizar actas de infracciones en relación a las Leyes Nacionales de Seguridad Vial Nº 24449 , las modificaciones dispuestas en el Articulo 17 de la Ley Nacional de lucha contra el Alcohol Nº 24788 y todas las modificaciones vigentes en todo el ámbito de la provincia , sin limitación alguna en virtud de competencia municipales. El referido Decreto apunta en especial al tránsito de moto vehículos.

En virtud a ello, el personal policial podrá realizar operativos y/o recorridas habituales o en conjunto con el personal de inspectores del Municipio Local , el contralor del transito moto vehicular, exigiendo en primer lugar la documentación respectiva que acredite el origen o propiedad del rodado , como así también contar con las medidas de seguridad respectivas , caso de constatar infracciones , se labraran las actas respectivas con la retención del moto vehículo y ponerlas a disposición del Juzgado de Faltas de esta localidad.

FALTAS A TENER EN CUENTA.
– Conducir sin tener cumplida la edad reglamentaria .
– Falta de espejo retrovisor, luces, frenos .
– Conducir sin haber sido habilitado.
– Falta de cedula de la moto, seguro obligatorio o chapa patente.
– Circular con exceso de pasajeros .
– Falta de casco en conductor o acompañante .
– Conducir en estado de intoxicación alcohólica o de estupefacientes .
– Realizar maniobras peligrosas o intempestivas ( picadas )
– caño de escapes libre .
– Fugarse o negarse a suministrar documentacion a la autoridad .
Cualquiera de estas faltas son motivos para la retención o secuestro del moto vehículo.

Espero haber satisfecho tu inquietud.

Cordialmente. RON

 

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