VALORES GARANTIZADOS: Aplicable a los Seguros de Vida Individual. Transcurridos 3 años desde la celebración del contrato y hallándose el Asegurado al día en el pago de las primas, podrá en cualquier momento exigir, de acuerdo con los planes técnicamente aprobados por la autoridad de contralor:
- Rescate: supone la cancelación anticipada de la póliza por voluntad unilateral del tomador de la misma. A través del rescate, el tomador recibirá de la aseguradora una parte de las primas abonadas (deduciendo la aseguradora el importe correspondiente a determinados riesgos y gasto), quedando la póliza rescindida.
- Reducción: se da en los seguros de ahorro o mixtos, siempre y cuando se contemple en la póliza esta posibilidad. La reducción implica la suspensión, por el tomador, del pago de las primas pactadas a la entidad. En contrapartida, el seguro se transformará, de forma que las prestaciones contempladas para el caso de tener lugar el siniestro disminuirán proporcionalmente a la reducción de la prima.
- Anticipo: implica el derecho del tomador a solicitar un «préstamo» (la entrega de determinada suma de dinero) a la aseguradora hasta el importe máximo del valor de rescate. A cambio del anticipo abonado, la aseguradora tendrá derecho al cobro de un interés que será abonado por el tomador junto con posteriores primas.
El anticipo no implica una anulación ni rescisión de la póliza, por lo que la misma se mantendrá en vigor, sin perjuicio de que, en caso de ocurrir un siniestro, se deducirá, del importe de la indemnización a entregar por la aseguradora, la suma concedida como anticipo.
VENCIMIENTO DE PÓLIZA: Es la fecha pactada en el contrato para la finalización del mismo.
VICIO OCULTO: Consiste en el defecto o daño que se encuentra preexistente.
VICIO PROPIO : Se da cuando se origina una perdida, destrucción o daño ocasionado por la propia naturaleza del bien asegurado. No es indemnizable el daño producido por vicio propio del bien asegurado.
VIGENCIA DEL SEGURO: Plazo durante el cual el contrato está en vigor y el Asegurado se encuentra cubierto.
VIGENCIA: Período por el cual se contrata el seguro, y es obligación que figure en la póliza o contrato de seguro.