¿Tengo o no tengo cobertura?

Uno de los temas que más preocupa al mercado sobre la modificación de las leyes del sector es el que se refiere a cuándo se interrumpe la cobertura por falta de pago. En la actualidad, las cuotas tienen fecha de vencimiento asignado, a partir de la cual se suspende la cobertura. Sin embargo, en el proyecto se dispone que la cobertura se suspende luego de la notificación efectuada por el asegurador, o sea que hay un crédito de cobertura entre el vencimiento de la cuota y la recepción de la notificación. Esto trae aparejada una complejidad administrativa que repercute en un efecto económico negativo tanto por los gastos como por los siniestros que puedan afrontarse en un período que no corresponde.

(fuente: OndaSeguro – Newsletter 248)

 

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