¿Sabés cuándo tenés que circular con las luces bajas encendidas?

(f) En los cursos que dictamos en CESVI encontramos que son muchas las personas que desconocen que deben circular con las luces bajas encendidas en ciertos tipos de vías.

La Ley 25.456 modificó el Artículo 47 de la Ley nacional de tránsito N° 24.449. — En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los artículos 31 y 32 y encender sus luces observando las siguientes reglas: Luces bajas: mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley 818 en la que se establece que: “Artículo 1º.- Los vehículos que circulen por las avenidas Intendente Cantilo y Leopoldo Lugones y por las autopistas de la Ciudad de Buenos Aires deben hacerlo con las luces bajas encendidas en forma permanente, en cualquier horario. Artículo 2º.- A los fines del Artículo 1º, se consideran autopistas a las siguientes arterias de la Ciudad: Autopista 25 de Mayo (AU1); Autopista Perito Moreno (AU6); Autopista Tte. Gral. Luis J. Dellepiane; Autopista Dr. Héctor J. Cámpora (AU7); Autopista 9 de Julio Sur; Autopista Dr. Arturo U. Illia; y Avenida General Paz”. http://www.cedom.gov.ar/…/legi…/normas/leyes/ley818.html

A su vez, la Provincia de Buenos Aires establece, en el decreto 532/2009 que reglamenta a la Ley de tránsito de la provincia de Buenos Aires N° 13927, que también se adhiere al artículo 47 de la Ley de Tránsito Nacional, sancionando a aquellos conductores que circulen sin las luces bajas encendidas. http://www.gob.gba.gov.ar/dijl/DIJL_buscaid.php?var=54547

Provincias como Córdoba, San Luis, Mendoza, Entre Ríos y Santa Fe, entre otras, también multan por no usar las luces bajas encendidas.

Estadísticas relevadas por CESVI Argentina demostraron que solo el 65% de los conductores acatan la reglamentación de encender las luces bajas en la ruta.

Esta medida no es arbitraria. Estadísticas realizadas a nivel mundial demuestran que circular de día con las luces bajas encendidas reduce notablemente la posibilidad de sufrir una colisión frontal. http://www.cesvi.com.ar/revistas/r30/notavisibilidad30.pdf

Fuente: CESVI Argentina.

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