RUS implementa la transferencia bancaria para pagar los siniestros

En función del crecimiento controlado que se viene evidenciando en los últimos años en las principales variables de siniestros (reclamos y pagos) y el avance en la digitalización monetaria, creemos conveniente implementar como principal medio de pago la trasferencia bancaria. Esto reducirá los costos, la carga administrativa y de logística, evita el riesgo de extravío y vencimiento del pago, reduce el flujo de personas en la Agencia, entre otros.

Con dicha implementación se pretende mejorar nuestro circuito de pagos, lo cual tendría una incidencia positiva en el Servicio de Atención a Clientes, como así también a nuestros Proveedores.

Para acreditar el pago por este medio, debe cumplir con los siguientes requisitos:

Proveedores: A partir del 1/1/18 la transferencia bancaria será el único medio de pago habilitado para Proveedores, por lo cual se deberá ir regularizando la situación de aquellos que aún están fuera de este medio.

  • Se deberá completar el formulario de adhesión, luego enviarlo en formato digital al Equipo que corresponda en Casa Central, para que se dé el alta del proveedor y/o modifique el medio de pago.
  • Se debe acompañar el formulario, de una copia digital del resumen bancario o home banking donde conste N° de cuenta, titularidad, N° CUIT y CBU de la cuenta para la acreditación correspondiente.

Asegurados: Los Asegurados que se les han tramitado los siniestros en la Agencia y acepten este medio de pago, deberán completar el Convenio “Pago por Transferencia a Asegurados” y cumplir con lo que se detalla más abajo.

  • El Titular de cuenta a quien se le acreditará el pago, debe ser el beneficiario designado en el siniestro.
  • Se debe imprimir y completar el formulario adjunto, dejando el mismo firmado en el expediente físico del siniestro y cargar en formato digital a SIS.
  • Se debe acompañar el formulario, de una fotocopia del resumen bancario o home banking donde conste N° de cuenta, titularidad, N° CUIT y CBU de la cuenta para la acreditación correspondiente.

Terceros: Los Terceros que se les han tramitado los siniestros en la Agencia y acepten este medio de pago, deberán completar el Convenio “Pago por Transferencia a Terceros” y cumplir con lo que se detalla más abajo.

  • El Titular de cuenta a quien se le acreditará el pago, debe ser el beneficiario designado en el siniestro.
  • Se debe imprimir y completar el Convenio adjunto, dejando el mismo firmado en el expediente físico del siniestro y cargar en formato digital a SIS.
  • Se debe acompañar el formulario, de una fotocopia del resumen bancario o home banking donde conste N° de cuenta, titularidad, N° CUIT y CBU de la cuenta para la acreditación correspondiente.

Honorarios de Abogados de Terceros: Los Abogados que han tramitado reclamos en la Agencia y acepten este medio de pago, deberán completar el Convenio “Pago por Transferencia de Honorarios” y cumplir con lo que se detalla más abajo.

  • El Titular de cuenta a quien se le acreditará el pago, debe ser el apoderado designado por el Tercero en el siniestro.
  • Se debe imprimir y completar el Convenio adjunto, dejando el mismo firmado en el expediente físico del siniestro y cargar en formato digital a SIS.
  • Se debe acompañar el formulario, de una fotocopia del resumen bancario o home banking donde conste N° de cuenta, titularidad, N° CUIT y CBU de la cuenta para la acreditación correspondiente.

Próximamente, se incluirá la opción de carga del “Alias” en el Sistema, Formularios y Convenios.


Catriel Videla
Responsable Análisis de Riesgo y Reserva

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