Reforma tributaria – Ganancias: ¿Cómo quedan los seguros de vida y retiro en la nueva ley?

Habrá deducciones pero será el Ejecutivo el encargado de establecer los montos de las mismas. Se esperan más novedades en la futura ley de mercado de capitales.

La reforma modifica el artículo 81 inc. b) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (1997). Así, el nuevo texto en lo que hace a seguros de vida y retiro quedaría redactado de la siguiente manera:

De las ganancias del año fiscal (para aquellas personas que paguen ganancias) podrán deducir – y aquí viene lo nuevo- “Las sumas que pagan los tomadores y asegurados por: (I) seguros para casos de muerte; y (II) seguros mixtos -excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación-, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.

Asimismo, serán deducibles las sumas que se destinen a la adquisición de cuota partes de fondos comunes de inversión que se constituyan con fines de retiro en los términos de la reglamentación que a tales efectos dicte la Comisión Nacional de Valores y en los límites que sean aplicables para las deducciones previstas en los puntos (I) y (II) de este inciso b”.

Se incorpora además al mencionado artículo 81 el inciso “J”. que prevé deducir:

“Los aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.»

¿Cuánto se podrá deducir? Finalmente, la nueva ley agrega un último párrafo referido a quien decidirá el porcentaje de estas deducciones:

“El Poder Ejecutivo nacional establecerá los montos máximos deducibles por los conceptos a que se refieren los incisos b) y j)”. Esto significa que las deducciones serían decididas vía reglamentación o por resoluciones especiales en los casos de los seguros de vida y sobre los aportes de los planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la SSN.

Mercado de capitales

Pero donde habrá más detalles para los seguros de vida, en especial para aquellos productos de vida con capitalización, es en la futura Ley de Mercado de Capitales cuyo tratamiento se postergó para febrero de 2018. El ambicioso proyecto, además de brindar un fuerte impulso a las Pymes, crea nuevas herramientas para el ahorro y la inversión. Deja margen para el lanzamiento de nuevos productos en los seguros de vida con capitalización y los seguros de retiro.

Fuente: Estrategas.

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