Por ley los contratos de adhesión serán públicos

firmando contratoEl Boletín Oficial oficializó la modificación del art. 38 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley Nº 24.240), de esta manera, todas las personas que presten servicios o comercialicen bienes a consumidores o usuarios mediante la celebración de contratos de adhesión, éstos deben estar publicados en su sitio web.

La modificación fue impulsada por María García, Diputada del partido FPV, la misma fue aprobada por el Senado de manera unánime el 13 de julio último, pero entró en vigencia a partir de su promulgación.
Además, según la presente norma, se debe entregar sin cargo y con antelación a la contratación, un ejemplar del modelo del contrato a suscribir a todo consumidor o usuario que lo solicite.

Por último, en aquellos locales deberán exhibir un cartel con la siguiente leyenda: “Se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación”, finaliza la modificación.

(fuente: http://boletines.latinoinsurance.com/por-ley-los-contratos-de-adhesion-seran-publicos/?more=1)

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