Los productores y el negocio de riesgos del trabajo

La Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de la Argentina (FAPASA) publicó un comunicado en relación al negocio de riesgos del trabajo, del cual transcribimos algunos de sus principales fragmentos:

El actual gobierno había logrado revertir muchas de las deficiencias con que había nacido, a mediados de los 90, la legislación sobre Riesgos del Trabajo. Deficiencias que, en realidad, ocultaban entre incuestionables objetivos expuestos, la finalidad de abaratar los costos laborales a costa de la salud y la seguridad de los trabajadores.

En sucesivas modificaciones, se habían ido reparando esas deficiencias en la prevención y, especialmente, en la reparación de los infortunios, con un sentido positivo.

La Ley 26.773 sancionada en octubre de 2012 denominada “Régimen de Ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales” en su artículo 16 establece que los organismos fiscalizadores de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), deberán establecer un valor tope de erogaciones no prestacionales que no podrá superar en sus presupuestos el 20% del total de los ingresos correspondientes a las primas facturadas, y dentro de ese total debían estar comprendidos los gastos de comercialización e intermediación que no podrían superar el 5% de aquellos ingresos.

En el proceso de sancionarse la Ley, en cuya gestación no existen dudas sobre la activa participación de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y sus controladas, FAPASA advirtió y denunció que, lo que se mostraba como un esfuerzo conjunto de las ART y los Productores Asesores de Seguros para reducir los gastos no prestacionales, era una simple transferencia de recursos de los Productores hacia las empresas autorizadas, que tienen el monopolio de otorgar las coberturas de Riesgos del Trabajo.

Ya en la época de la sanción de la Ley, prácticamente los gastos no prestacionales de las ART se situaban en el 20% de los ingresos y en consecuencia, no era necesario ningún esfuerzo por parte de las empresas para reducir sus gastos, mientras que los ingresos de los PAS debían sufrir una reducción más que violenta pues debían pasar de 11,4% de las primas percibidas (según cifras oficiales al 30/9/12) al 5% de las mismas conforme los contenidos de la modificación legislativa. O sea los Productores Asesores de Seguros que en muchos lugares son pilares fundamentales en la prestación del servicio, vieron reducidos sus ingresos en un 50%.

La evolución de las cifras publicadas desde aquel momento no hace más que confirmar nuestras denuncias; los gastos de explotación de las ART no se han modificado absolutamente en nada, se mantienen inamovibles en un 12,5% de los ingresos por primas mientras, en tanto los gastos de producción se redujeron en 5,4 puntos porcentuales lo que significó en el último trimestre del que se disponen cifras oficiales (set./dic. 2013) una confiscación de alrededor de 325 millones a los Productores Asesores de Seguros a favor de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Seguiremos reclamando en todos los ámbitos la devolución de los dineros apropiados a los Productores Asesores de Seguros y la restitución de los derechos conculcados. En la Justicia, donde la morosidad de los procedimientos torna ilusoria y postergada la consagración de nuestros derechos.

Y ante el Poder Ejecutivo, para que disponga que las que son, en esencia, cuestiones técnicas de la actividad aseguradora queden en manos de la Superintendencia respectiva y no queden sujetas a los añorantes de las famosas “reglas del mercado”.

(fuente: OndaSeguro – Newsletter 251 – 10/7/14)

 

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