La Corte Suprema de Justicia ha resuelto la mejora en las indemnizaciones por accidentes y enfermedades de trabajo derivada de la reforma legal aprobada en 2012 no es aplicable a casos que se habían producido con anterioridad a la vigencia de esa norma.
Los jueces revirtieron el fallo que había emitido una sala de la Cámara de Apelaciones del fuero laboral en la causa «Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART», que ordenaba actualizar el monto de la prestación del trabajador según lo que dispuso la ley 26.773, aun cuando el accidente se había producido antes de su vigencia. Esa norma legal elevó (en relación con lo que regía hasta entonces) el valor de las prestaciones que cobran quienes se accidentan o tienen enfermedades por causas laborales, y fijó un mecanismo de actualización semestral de los pagos de monto fijo según la evolución del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Fueron subidas de porcentajes muy significativos y con mayor impacto en trabajadores de menores salarios, ya que se incrementaron los pisos de los pagos. «Esta ley [la 26.773] claramente estableció que sus disposiciones en materia de reajuste -de las indemnizaciones de suma fija y de los pisos mínimos de las indemnizaciones variables- solamente se aplicarían a las contingencias futuras, más precisamente a los accidentes que ocurrieran y a las enfermedades que se manifestaran con posterioridad a su publicación», dice un comunicado emitido ayer por el Centro de Información Judicial, la agencia de noticias del Poder Judicial del que se hace eco Nación.
La sentencia, firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, fue bien recibido por los directivos del sector, que desde hace años advierten sobre un incremento -según las aseguradoras, sin freno- de la litigiosidad. La reforma de 2012 se había hecho con la intención de mejorar los pagos del sistema y de lograr, en consecuencia, una reducción de la cantidad de casos en la Justicia. Pero, pese a que se logró disminuir en forma considerable el número de reclamos contra los empleadores, no dejó de subir la judicialidad contra las aseguradoras.
Para este año, en la Unión de ART proyectan que podría haber 122.491 nuevos juicios, un 15% más que los iniciados durante 2015, año en que hubo un 19,7% más de demandas que en 2014. Abogados del sector analizaban ayer que el fallo no sólo declaró la irretroactividad de la ley, sino que también analizó otros aspectos que se estaban cuestionando: la sentencia dice que el adicional del 20% de la indemnización fijado por ley se aplica a un «verdadero infortunio o enfermedad laboral», descartando entonces el accidente in itinire (en camino al trabajo) y define a qué conceptos se aplica la actualización por el Ripte.
Los pedidos de aplicación retroactiva de la ley son una de las razones de los conflictos judiciales. Otro de los motivos, según explican autoridades del área, es que muchas veces los jueces disponen una doble actualización de los valores de las prestaciones. También a eso se refirió el comunicado del Poder Judicial, que explica que la Unidad de Análisis Económico de la Corte pudo comprobar «la gravedad del desajuste financiero denunciado por las aseguradoras», que se produce cuando se tienen que pagar indemnizaciones para las que las tarifas cobradas en su momento resultaban insuficientes.
(fuente: BDSAL – 8/6/16)