Incendio: El siniestro

Prueba del siniestro y de las exclusiones. Al asegurado corresponde la carga de la prueba del siniestro y de que el mismo se encuadra dentro de la cobertura, y a la aseguradora la carga de la prueba de las exclusiones.

Cargas y obligaciones de las partes: algunas particularidades. Se señala que en esta clase de seguros, además de las cargas comunes se añade la de permitir al asegurador la visita en cualquier momento, o examen del bien asegurado, y se le otorga un tratamiento especial a la agravación del riesgo (Donati), y en este tema de la agravación del riesgo, además de los criterios generales se agregan como circunstancias gravitantes: la variación en la ubicación, destino y uso de los bienes y la afectación de los mismos por gravámenes judiciales o extrajudiciales. Aquí también se analiza la incidencia del cambio del denominado azar moral, que se ve afectado por el concurso o quiebra del titular de los bienes asegurados.

Por otra parte se particulariza en algunas pólizas la cobertura destinada a dueños de viviendas, depósitos o comercios donde se almacenan productos peligrosos o muy peligrosos o inflamables, incrementándose el alea normal, el riesgo y, por supuesto, la prima.

Halperin señala entre otras cuestiones que en la póliza argentina usual exige que se declare, so pena de nulidad:

a) Si procede por cuenta propia o por cuenta de terceros, en virtud de mandato o sin su conocimiento;

b) si es propietario exclusivo o condominio y en general en qué carácter o interés actúa;

c) la situación, naturaleza de la construcción, destino o uso del edificio, y si está edificado en terreno propio o ajeno, derecho a las mejoras, o en el que están almacenadas las cosas aseguradas contra el riesgo;

d) la existencia de mercaderías o de productos peligrosos, inflamables, muy inflamables o explosivos;

e) si sobre la cosa asegurada existen otro u otros seguros;

f) la construcción, destino y uso de los edificios linderos. Además debe denunciarse la existencia de siniestros anteriores, porque sirve para apreciar el riesgo, el azar moral, siempre que sean importantes (Halperin, ob. cit., t. I, ps. 294/5).

(Fuente, se toma como base el material del prof. José Aranda, aportado por Guillermo Vazquez, adaptado por RON)

 

 

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