El ramo Motovehículos deberá exponerse por separado de Automotores

COMUNICACION 4.062 – SSN

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informó que la modificación de la codificación de ramos de seguros informada por la Comunicación SSN 3695 del 05/08/2013 deberá utilizarse obligatoriamente para la confección de estados contables y todo otro tipo de información a presentar ante dicho Organismo mediante el «Sistema de Información de las Entidades Supervisadas» (SINENSUP).

Para ello se deberá exponer en el ramo Motovehículo toda suscripción efectuada a partir del 01/07/2014.

Aquellos vehículos correspondientes a este nuevo ramo que hayan sido registrados en el ramo Automotores antes del 01/07/2014 deberán continuar siendo contemplados en su ramo de origen hasta su extinción.

(fuente: http://www.100seguro.com.ar)

 

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