El Banco Central prohibió la venta de seguros por teléfono

servicio al cliente telefonistaLa medida rige desde el primero de enero y surgió como respuesta de la entidad ante los reclamos de particulares y agrupaciones de defensa al consumidor.

El Banco Central establece restricciones sobre el sector. Según la comunicación A “6123”, que el cliente dé el visto bueno a este servicio telefónicamente no será suficiente para su aprobación.

“El consentimiento contractual ya no podrá ser vía telefónica, deberá respaldarse mediante soporte papel, home banking mediante clave personal o correo electrónico remitido por el ususario”, confirmaron a LA NACION fuentes del BCRA.

Asimismo, dentro de las normas que regulan la protección a los usuarios de servicios financieros se incorporó el siguiente párrafo: “La contratación se considerará perfeccionada una vez que cuente con la aceptación expresa por parte del usuario -previa revisión de las condiciones contractuales, de la que deberá quedar constancia al momento de la aceptación- efectuada a través de banca móvil, banca por Internet, correo electrónico o soporte papel.”

Por otra parte, se decidió regular la comisión a los vendedores. En la normativa sancionada por la autoridad monetaria se estableció un límite a las comisiones percibidas por las entidades, equiparándolas a las que cobraría la compañía de seguros si comercializara el servicio sin intermediación.

(fuente: http://boletines.latinoinsurance.com/el-banco-central-prohibio-la-venta-de-seguros-por-telefono/?more=1)

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