Duro cruce entre la UIA y las aseguradoras por el SAO

Los industriales afirmaron que el Seguro Ambiental no los cubre y «no protege al ambiente». Por su parte, las compañías de seguros denuncian que la UIA busca presionar a la Corte Suprema.

Las polémicas generadas por el Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) parecen no tener fin, al menos hasta que la Corte Suprema de Justicia logre expedirse finalmente sobre su continuidad o no. Hasta entonces, seguirán los enfrentamientos entre la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara Argentina de Aseguradora de Riesgo Ambiental (CAARA) quien días atrás se cruzaron duramente a través de dos comunicados.

En primer lugar, fue la UIA quien arrojó la primera piedra y denunció mediante un escrito que las empresas del sector transfieren anualmente a solo dos compañías de seguros unos 350 millones de pesos, en concepto de pólizas ambientales, que a su criterio «no cubre a la industria y no protege al ambiente». La central fabril afirmó que el seguro representa «una transferencia de recursos de la industria al sector financiero de seguros sin generar ningún fondo de remediación ambiental».

La entidad que encabeza Héctor Méndez señaló que «en 2011, la UIA manifestó su preocupación por las resoluciones que dieron origen a la única póliza de caución existente, hasta ese momento, en el mercado». A su criterio, la póliza «no transfiere riesgo, no cubre a la industria, no protege al ambiente, no protege a la comunidad, no protege al Estado y tiene altísimos costos que afectan a la competitividad de las empresas industriales (fundamentalmente las PyMES) poniendo en riesgo la continuidad de su operación».

Así también, la UIA afirmó que «la industria necesita contar con una oferta de seguros con cobertura con entidad suficiente, para garantizar el financiamiento de la recomposición de posibles daños ambientales como lo exige la ley 25.675/02». En este sentido, reclama que los seguros «se adapten a la diversidad industrial a precios competitivos en un mercado transparente y que no afecten la competitividad de la industria».

Ante estas denuncias, la CAARA salió rápidamente al cruce y afirmó que con el comunicado la UIA pretendía presionar a la Corte Suprema de Justicia intentando imponer un criterio que exima a las empresas obligadas por la normativa de internalizar -asumir- los costos por los daños ambientales de incidencia colectiva que provoquen en su accionar productivo.

La cámara de aseguradoras asegura que la acción de la UIA apunta a que la Corte Suprema de Justicia habilite un instrumento asegurativo que según sendos fallos emitidos en dos instancias del proceso, el Poder Judicial vislumbra como ilegal. Esto apunta a que la Corte analiza actualmente el recurso en queja presentado por el Poder Ejecutivo contra la medida cautelar obtenida por una ONG contra el Decreto 1638/12 y la Resolución SSN 37160, que fue dictada por un juez de primera instancia y ratificada en el nivel de Cámara.

“El comunicado de la UIA, que implica un emplazamiento a la Corte Suprema de Justicia, cuestiona a las autoridades de aplicación que aprobaron el SAO hace ya más de cinco años y a las que actualmente, en gran parte del territorio nacional, exigen su presentación a los sujetos obligados. La actividad aseguradora, en suma, no hace más que proveer el instrumento contractual que posibilita la aplicación de lo exigido en el Artículo 41 de la Constitución Nacional y en el Artículo 22 de la mencionada Ley N° 25.675, ambos ajustados al Principio 16 de la Conferencia de la ONU sobre Medio Ambiente y Desarrollo realizada en Rio de janeiro en 1992, que estableció que “el que contamina debe, en principio, cargar con los costos de la contaminación””, señaló la CAARA.

La UIA sostiene un largo combate contra el seguro de caución por riesgo de daño ambiental de incidencia colectiva, que fue el instrumento diseñado por la República a través de la actuación de los tres poderes del Estado. Esta póliza de caución le ofrece al Estado la garantía de que los daños provocados por siniestros contaminantes contemplados en la póliza serán remediados por el contratante. Los daños cubiertos son los sufridos por bienes de incidencia colectiva, esto es, que pertenecen a la comunidad toda, indivisiblemente.

La asociación que preside Jorge Furlán calificó como falaces a los dichos de la UIA y afirmó que el SAO representa elocuentes beneficios a la comunidad toda, al ambiente y al Estado.

En este sentido, hizo referencia a “la pérdida de competitividad” que alega la central empresarial, “los industriales no están considerando que, en el nivel global, producir con sostenibilidad ambiental es actualmente además de un deber legal (y constitucional en Argentina), parte del balance de las empresas (Responsabilidad Social Empresarial) y “marca” exigida cada vez más por los mercados”.

En cuanto a los costos del seguro, aseguró que su fijación surge de una fórmula para cuya definición intervinieron los organismos estatales competentes, destinada a calcular el monto mínimo asegurable que garantice, suficientemente, la recomposición del daño ambiental.

Asimismo, expresó que es cierto lo que dice la UIA en cuanto a que la caución no cubre ni los daños autoinfligidos ni la responsabilidad civil ante terceros. Pero “ello es así por cuanto tales coberturas no forman parte de lo que ordena la ley. Para ellas existen en el mercado otras pólizas no obligatorias. Y hay transferencia de riesgo por parte de la comunidad representada por el Estado”.

Por último, las aseguradoras de Riesgo Ambiental se preguntaron si, mediante estos procedimientos, en realidad “los empresarios que producen con procesos industriales contaminantes, insostenibles ambientalmente, buscan eludir su obligación de contratar el SAO pues la requerida realización del SAI los pondría en evidencia en caso de que ese estudio revele la existencia de pasivos ambientales”.

“Asimismo cabe preguntarse por qué ha sido tan mínima la suscripción de pólizas de seguro ambientales no obligatorias, que existen desde el año 2007, para cubrir sus responsabilidades y responder ante la comunidad”, concluyeron.

(fuente: Buenafuente.com – 18/11/13)

 

Comments are closed.