Un proyecto busca respaldar a la economía con propósitos sociales.
Compañías que se proponen lograr, desde el propio corazón de sus negocios, beneficios sociales y ambientales a la par de sus objetivos económicos. Y que no dejan que esas metas sean sólo un deseo o una expresión de voluntad, sino que se autoimponen estrategias concretas que se deben ir desarrollando al mismo tiempo que avanza el proceso propio de la actividad elegida.
Esa es la definición de las empresas B, que en caso de aprobarse la ley que el presidente Mauricio Macri anunció el jueves pasado en Tecnópolis, serán formalmente llamadas sociedades BIC, una sigla que significa Beneficio e Interés Colectivo. La denominación B es la identidad global de este tipo de firmas, y proviene de las Benefit Coporations en Estados Unidos, el país donde esta manera de actuar en los negocios tomó una forma concreta, y uno de los dos (el otro es Italia) en los que existe un marco normativo.
¿Qué dirá la ley en caso de ser aprobada? El proyecto, en el que trabajó un grupo de profesionales llamado «Comunidad de Abogados B», tiene los siguientes puntos:
Define que serán sociedades BIC aquellas en las que los socios se obliguen «a generar un impacto positivo social y ambiental en la comunidad» (una reglamentación debería definir el concepto con mayor detalle).
Las empresas mantendrán una figura jurídica según las disposiciones hoy vigentes; así, la calidad de «BIC» será como un segundo ropaje.
Deberá incluirse en el contrato societario cuál será el objetivo social y ambiental y cuáles serán las causales de exclusión de los socios que incumplan con el espíritu del triple impacto propuesto.
Habrá un reporte anual obligatorio, de acceso público, que será auditado por un profesional independiente.
El Ministerio de Producción será la autoridad de aplicación.
El objetivo de la regulación, buscada por las propias empresas, es que exista un respaldo legal a las decisiones ejecutivas que se tomen después de poner en la balanza no solamente el interés económico para los accionistas, sino también los efectos que se producen en la comunidad.
«Que exista una ley de reconocimiento jurídico a este tipo de sociedades es dar repuesta a un vacío legislativo que hay actualmente, y es otorgar una mayor seguridad jurídica para que este tipo de empresas utilicen la fuerza del mercado para una transformación social», explica Fernanda Mierez, abogada del estudio Béccar Varela, quien participó de la preparación del proyecto.
El desarrollo de un ecosistema que fortalezca a las empresas de triple impacto es otro objetivo para el que la ley haría su aporte, según apunta Florencia Güenzani, coordinadora de Sistema B, la ONG que otorga la certificación B a las empresas que cumplen con los requisitos y la requieren (la certificación no será exigida para ser BIC, según surge del proyecto de ley).
En la Argentina hay 44 empresas con certificación B, en tanto que en el mundo son 1850. Entre las locales están Paez (calzados); Inti Zen (té); La Costurera (textil); Noticias Positivas (servicios de comunicaciones); Xinca (calzados); Ondulé (juguetes); Bola (pelotas de fútbol); Emprendia (comunicaciones) y las filiales de Natura (cosméticos) y Patagonia (ropa de tiempo libre).
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1929920-avanza-el-marco-legal-para-las-empresas-de-triple-impacto