Anselmino y Auer opinaron sobre los cambios en la cobranza de premios dispuestos por la SSN

En la edición N° 603 de la Revista Informe Operadores de Mercado,  Rodolfo Anselmino, gerente de Administración y Finanzas de Río Uruguay Seguros (RUS), y Juan Auer, coordinador de Procesos de Finanzas, hablaron sobre los cambios en el pago de premios de seguros dispuestos por la  Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). A continuación, compartimos un fragmento de la nota.

Después de algunas  semanas de intensos cruces entre las autoridades del órgano de control y los representantes de los productores asesores de seguros, finalmente quedaron establecidos los cambios en el régimen de cobranza de premios.

A partir del 1° de septiembre la posibilidad de pagar en efectivo queda limitada a la suma de $1.000. Pero se pueden usar cheques de terceros (endosados por el asegurado), entidades especializadas en cobranza como Pago Fácil o RapiPago, pagos bancarios, cajeros y homebanking.

La Resolución 40.761 emitida el pasado 30 de agosto de 2017 por la SSN estableció, en su artículo 1°, la incorporación a la gestión de cobro de premios de contratos de seguros los siguientes medios:

  1. a) Cheques de terceros, que deberán ser endosados por el asegurado o tomador de la póliza.
  2. b) Entidades especializadas en cobranzas, registro y procesamiento de pagos por medios electrónicos habilitados por la Superintendencia de Seguros de la Nación (como RapiPago o Pago Fácil).
  3. c) Efectivo en moneda de curso legal, mediante la utilización de un controlador fiscal homologado por la Administración Federal de Ingresos Públicos y registrado ante la Superintendencia de Seguros de la Nación, únicamente hasta la suma máxima establecida por la normativa (Artículo 1° de la Ley N° 25.345 o la que en el futuro la reemplace y/o modifique). En la práctica, es un límite de $ 1.000.-

Recordamos que la polémica por las modificaciones en la cobranza de premios se originó con la sanción de la Resolución 40.541, del 14 de junio, que resultaba más restrictiva que la 40.761, ya que impedía cualquier tipo de cobro en efectivo.

En la Resolución 40.541 sólo se habían habilitado para la gestión de cobro de premios a los medios electrónicos de cobro y a los cheques. No obstante, la norma había previsto, en su artículo 7°, un esquema de cumplimiento gradual por el cual al principio se aceptaba el pago en efectivo de premios hasta un determinado monto, que iba reduciéndose paulatinamente.

El cronograma era el siguiente:

  1. a) A partir del 1° de diciembre de resulta aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a VEINTE MIL PESOS ($ 20.000).
  2. b) A partir del 1° de diciembre de 2017 será aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado fuese superior a DIEZ MIL PESOS ($10.000).
  3. c) C) A partir del 1° de marzo de 2018 será aplicable para la totalidad de los cobros de premios independientemente de su monto.

De todos modos, la prohibición de cobro de sumas en efectivo quedó sin efecto y se transformó en una autorización para el cobro en efectivo hasta la suma de $ 1.000; ahora también se aceptan los cheques de terceros, y se habilita el pago a través de entidades de cobro no bancarias.

El comentado esquema gradual de cumplimiento sigue vigente, aunque con la salvedad que a partir del 1° de marzo de 2018 se aplicará a los cobros de premios que superen los $ 1.000

Además, el artículo 6° de la Resolución 40.541 establecía que los productores asesores debían exhibir en sus locales un cartel donde se dejaba constancia que no podían cobrar en efectivo, con el siguiente texto:

<<AVISO IMPORTANTE – LOS PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS, SOCIEDADESS DE PRODUCTORES Y LOS AGENTES INSTITORIOS, NO ESTÁN AUTORIZADOS A RECIBIR EL PAGO D EPREMIOS DE CONTRATOS DE SEGURO EN EFECTIVO>>

Pero la Resolución 40.761, en su artículo 3°, derogó dicha obligación. La Resolución 40.761 también benefició a los Productores Asesores porque suprimió la obligación de los intermediarios de llevar un ‘Registro de Cobranzas y Rendiciones’.

La sanción de la Resolución 40.541 generó un cortocircuito en la relación entre FAPASA y el organismo de control.

Luego de algunas semanas de negociación, el diálogo pareció interrumpirse. Después se reanudó y se acordaron una serie de cambios que dieron a la Resolución 40.761.

Cambios para las aseguradoras

El 12 de julio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución SSN 40.619 que extendió los cambios en materia de cobranza a las aseguradoras.

Así, la SSN dispuso que <<la percepción de premios de contratos de seguros por parte de las entidades aseguradoras, a excepción del cheque cancelatorio Ley 25.3454 o el cheque no a la orden, deberá registrarse a través de controladores fiscales homologadas por la AFIP, cuya utilización deberá ser previamente autorizada por la SSN>>

<<La falta de esta autorización por parte de la SSN inhabilita a la entidad a realizar cualquier gestión de cobranza en la que sea requerida la utilización del controlador fiscal>>, reza la norma.

Esta resolución también dispuso un esquema de cumplimiento gradual, a saber:

  1. a) A partir del 1° de septiembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a VEINTE MIL PESOS ($20.000).
  2. b) A partir del 1° de diciembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a DIEZ MIL PESOS ($10.000).
  3. c) A partir del 1° de marzo de 2018, en cumplimiento de la Ley N° 25.345, resultará aplicable para la totalidad de los cobros de premios superiores a MIL PESOS ($ 1.000).

Al respecto, consultamos a Leónidas Rodolfo Anselmino, gerente de Administración y Finanzas de Río Uruguay Seguros (RUS), quien comentó: <<Actualmente, generamos ticket en todas las operaciones, se lo archiva de forma digital, y se lleva un registro rubricado de cobranza, se imprime en cada lugar el ticket a los asegurados que lo requieren.

De esa manera, colaboramos con el cuidado del medio ambiente, condiciones de trabajo en las oficinas (ruido elevado de las ticketeadoras), optimización de espacios, uso de papel, y transporte de grandes volúmenes de rollo de tickets. Procuramos evitar las tareas que no agregan valor desde lo operativo.  Son nuevos tiempos, donde la digitalización juega un rol clave, ya que eliminar y/o limitar el uso del papel debe ser un objetivo para las empresas.

Es auspicioso que desde la SSN, en el marco de una política de Estado, se dicten normas tendientes a garantizar la trazabilidad de los fondos (pagos realizados por asegurados, asegurables y tomadores).

Como así también facilitar la trasparencia, la fiscalización estatal, mejorar el control interno y desalentar la comisión de fraude>>.

Claramente, la actual administración nacional muestra una política tendiente a eliminar paulatinamente algunas operaciones en efectivo como ocurre en el seguro o como la Resolución de la AFIP que ha decidido canalizar todos los pagos de impuestos a través de medios electrónicos.

Sobre este tema, Juan Alberto Auer, coordinador de Procesos de Finanzas de RUS, relató: <<Río Uruguay Seguros participó el 24 de mayo de 2017, cuando en el BCRA se presentó como novedad al mercado de seguros el PEI (pago electrónico inmediato), en una exposición conjunta de altos funcionarios del BCRA, UIF y SSN.

En un mundo digital, el uso del billete físico como medio de pago empieza a no ser compatible. Sin dudas que hay resolver aspectos operativos por el impacto de estas medidas.

Los medios electrónicos de pago resuelven el problema de la trazabilidad de los fondos. El mismo BCRA, busca que haya menos circulación de billetes, porque es costosa, insegura y alienta las operaciones en negro. Y a través de la tecnología se busca generar la inclusión financiera y reducir los costos de las transacciones>>.

Después, Anselmino precisó que las disposiciones de la Resolución 40.541 y 40.761 sobre cobro de premios por parte de los PAS significan <<un cambio de escenario en el mercado, en el marco de políticas de Estado y normativas dictadas por los organismos competentes>>.

<<Son tiempos de adaptación. Es muy importante la visión que se va teniendo en las organizaciones y anticiparse a la llegada al mercado de la tecnología>>, razonó.

Por otro lado, Auer recordó: <<Rio Uruguay Seguros participó en Marzo de 2016 en un evento sobre Economía Digital en la Universidad Kennesaw, en Atlanta, EE.UU.

En dicho evento, se presentó el producto ‘mPOS’, cuando todavía no estaba muy definido en el mercado. Nos pusimos a trabajar, ya que se trataba de un novedoso método de cobranza sobre la telefonía móvil. Hoy es el producto que en principio mejor se adaptaría para el cobro de premios de seguros, en lo que el BCRA denomina Plataforma de Pagos Móviles – Pago Electrónico Inmediato (PPM-PEI), para tarjeta de débito.

Respecto de los cheques, hay información también de las máximas autoridades del BCRA, acerca de que se está trabajando para eliminar el físico y que sea 100% digital. Será un cambio significativo en la operatoria de cheques, al que tendremos que adaptarnos>>.

En la misma línea, el ejecutivo evaluó que <<es probable que la aplicación de las resoluciones 40.541 y 40.761 puedan generar algún inconveniente en las pequeñas localidades del interior del país>>, pero destacó que <<hoy la mayoría de las persona tienen servicios de telefonía móvil, televisión, electricidad y otros>> y que con <<paciencia y adaptabilidad, hay que llegar a que el seguro se abone en las modalidades que se abonan los demás servicios>>.

En tanto, Anselmino manifestó: <<RUS trabajará con PAS y Brockers buscando solucionar los inconvenientes que pudieron seguir de la operatoria parea reducirlos a la mínima expresión>>.

Finalmente, el ejecutivo marcó: <<El cobro y traslado de efectivo en estos tiempos es un riesgo para las personas.

Tenemos que adaptarnos a la virtualidad y a lo digital, aprovechando al máximo las herramientas que la tecnología nos brinda.

Los medios de pago electrónicos son una parte preponderante en este nuevo  esquema. Hoy ya está instalado que lo comunicacional y transaccional en nuestra actividad va por lo digital.

Si no, observemos los desarrollos de sistemas informáticos, como lo es el SIS de RUS (Sistema Informático de Seguros), Zona RUS, RUS Móvil para el Asegurado, RUS Móvil para el PAS, CRM, y otros que venimos trabajando desde hace varios años, que dan como resultado una mejor calidad en los servicios, en los procesos de suscripción y emisión de pólizas, cobranzas, rendición de cobranzas, gestión y pago de siniestros, transacciones financieras.

Hoy el motor del cambio y del crecimiento pasan por la flexibilidad, lo digital y lo virtual>>.

Fuente: Revista Informe operadores de mercado – N° 603

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