Con vigencia desde el 1/05/16, la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso cambios en el Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, sustituyendo el “Anexo del punto 23.6. Inciso c)” del RGAA por el Anexo de la presente Resolución.
En ese sentido, resuelve que la suma asegurada por el seguro de vida obligatorio será equivalente a la de 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). Se indica que dicha suma se ajustará anualmente conforme al último SMVM publicado en el mes de diciembre de cada año. La Suma Asegurada que resulte de la actualización anual entrará en vigencia a partir del 1/03 del año siguiente. Desde dicha fecha, la Suma Asegurada será de $33.330.
Vale decir que además de incrementarse dicha Suma Asegurada, la presente norma modificó la modalidad, plazo y condiciones para el pago del premio, a la vez que se adecuó lo referido a la suspensión de cobertura.
Por otro lado, en los cambios realizados en el referido Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, se prevé una solución para aquellos casos en los que se verifican primas ingresadas una vez vencido el plazo de suspensión y estando la póliza rescindida.
(fuente: http://100seguro.com.ar/definen-cambios-en-el-reglamento-del-seguro-colectivo-de-vida-obligatorio/#sthash.cJFuT9F0.dpuf)