MARCO NORMATIVO DEL SEGURO

Plazo de prescripción sube a tres años y se crean dos fondos de garantías

El anteproyecto de Ley del Seguro amplía el plazo de prescripción a tres años, en concordancia con la Ley de Defensa del Consumidor. También crea dos fondos de garantías.

Luego de un año de trabajo y en el marco del Plan Estratégico del Seguro, la Superintendencia de Seguros de la Nación dio por concluida la elaboración del anteproyecto de Ley de Seguro.

El nuevo cuerpo normativo que regirá la actividad una vez que se convierta en ley, unifica las leyes de seguros existentes e introduce distintas innovaciones.

Algunos de los puntos comprendidos en el anteproyecto de ley, son los siguientes:

•Se incorporan dos capítulos hasta ahora no incluidos en las leyes que rigen la actividad, el Reaseguro Nacional y la Defensa del Asegurado.

•Se crea dos fondos de garantías, uno para seguros obligatorios y otro para riesgos catastróficos. Para este último caso, se impulsará la creación de una extraprima que se cobrará con cada póliza. El fondo estaría destinado a eventos climáticos.

•En concordancia con la ley de Defensa del Consumidor, se eleva el plazo de prescripción (tiempo que se establece para reclamar en derecho) de uno a tres años.

•Para los casos de siniestros que generen controversias, se incorpora la instancia previa obligatoria (antes de una mediación o demanda judicial).

•Se faculta a la SSN para determinar los activos autorizados para las inversiones de las aseguradoras, priorizando instrumentos en línea con lo que hoy se conoce como Inciso K.

•Se crea un sistema de alertas tempranas escalonadas. Se implementarán Planes de Regularización para las aseguradoras, pero se establecerá legalmente que su incumplimiento supone automáticamente la revocatoria de la autorización para operar.

•En referencia al régimen de reaseguros, se elimina la operatoria de fronting.

 

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