PREGUNTA: Estimado Rodolfo nuevamente acudo a tu buena voluntad para hacerte una consulta que varias veces me trajo a confusión al momento de asesorar.
Me gustaria saber si es posible, si se podria enumerar que esta excluido de manera absoluta en el robo parcial del automotor (ruedas, stereos, bateria, etc, etc). Se que se menciona lo que no es original de fabrica, pero considero que ese punto es bastante amplio…
Desde ya muchas gracias. Atte. Liza
RESPUESTA: Esta pregunta la derivamos a los compañeros del Proceso Técnico y esta es la respuesta de nuestra Responsable del Sub-Proceso de Emisión de Automotores, Zulma Romero:
Liza:
Paso a indicarte la Circular en la cual se detallan las exclusiones en el robo parcial.
Atte.
CG-RH 2.1 Exclusiones a la cobertura para Robo o Hurto
El Asegurador no indemnizará los siguientes siniestros producidos y/o sufridos por el vehículo y/o su carga:
1) Cuando el vehículo estuviera secuestrado, confiscado, requisado o incautado.
2) Fuera del territorio de la República Argentina.
3) Por hechos de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, sedición o motín y terrorismo.
4) Por hechos de lock-out o tumulto popular, cuando el Asegurado sea partícipe deliberado en ellos.
5) Cuando el vehículo haya sido adaptado para ser propulsado por Gas Natural Comprimido (GNC).
6) Cuando el vehículo haya sido adaptado para ser propulsado por Gas Licuado de Petróleo (Propano Butano).
En la medida en que el costo de la reparación o del reemplazo de las partes del vehículo se deba a:
7) Vicio propio.
8) Mal estado de conservación, desgaste, oxidación o corrosión. Si los vicios mencionados hubieran agravado el daño, el Asegurador indemnizará sin incluir el daño causado por el vicio.
9) Que consistan en el robo o hurto de las tazas de ruedas, tapas del radiador, del tanque de combustible, escobillas y brazos limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas, formen o no parte del equipo original de fábrica. No obstante, el Asegurador responderá cuando la pérdida se hubiera producido con motivo del robo o hurto total del vehículo en la medida que esté comprendido el riesgo de robo o hurto parcial como secuela de acontecimiento cubierto.
10) Equipos reproductores de sonidos y/o similares
Zulma Romero-Responsable Sub Proceso Automotores
Muchas gracias Zulma por tu respuesta. Cordialmente. Rodolfo