Pago de matrícula 2013

Pago de matrícula 2013

Se mantienen los importes (aun no se puede bajar la boleta)

La Superintendencia de Seguros de la Nación emitió esta semana la Comunicación Nº 3499 mediante la cual se determinaron los vencimientos e importes a ser abonados en concepto de Matrícula Profesional para Productores y Sociedades de Productores para el año 2013.

Ha sido establecido que el importe de inscripción anual se mantiene en la suma de $ 120 para los productores asesores de seguros personas físicas y su vencimiento operará el día 30 de Abril de 2013. Los pagos efectuados con posterioridad a esa fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2013 abonarán $ 180 y a partir del 1º de Enero de 2014 el monto de la inscripción será de $ 240.

Los productores que no hubiesen cumplido con la totalidad de la asistencia a los cursos del programa de capacitación continuada no podrán efectuar los pagos de los derechos anuales de inscripción de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013.

Por su parte las sociedades de productores de seguros deberán abonar $ 580 por el mismo concepto también con vencimiento el 30 de Abril de 2013. Los pagos realizados con posterioridad a esa fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2013 sufrirán un recargo del 50 %, abonando $ 870 y los pagos que se efectúen a partír del 1º de Enero de 2014 tendrán un recargo del 100%, abonando $ 1.160 .

Las boletas para realizar el pago del derecho anual de inscripción se podrán bajar de la página oficial de este organismo www.ssn.gov.ar → Productores –Asesores → Pago de Matrícula.

En el caso de elegir “Búsqueda por matricula” deberá seleccionar la opción Productor Individual o Sociedad, en caso contrario podrá realizar la búsqueda por tipo y numero de documento, dicha boleta deberá ser abonada en cualquier sucursal de Pago Fácil.

En caso que no pueda generar la boleta, se deberá verificar que en la barra del Menú Principal Herramientas no este seleccionada la opción de Bloqueador de Elementos Emergentes o la opción de ejecución de Pop-ups deshabilitada.

Los Productores Asesores de Seguros que no hubiesen cumplimentado los cursos del Programa de Capacitación Continuada establecidos anualmente deberán rendir examen en orden a las pautas establecidas en el Capítulo VII del Manual de Procedimientos de las actividades académicas y administrativas del programa de capacitación de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION aprobado por la Comunicación nº 3475 dictada el 22 de febrero de 2013.

Respecto a los módulos con temática no pautada -módulos libres- deberán cumplimentarse realizando algunos de los cursos que se dicten regularmente durante el 2013, debiendo informar al prestador el año al que deberá computarse como Curso de Capacitación Continuada para el año que corresponda.

(fuente: http://newsmaker4.com.ar/clientes/tiemposdeseguros/tiemposdeseguros/web/ver_nota.php?id_noticia=282941&id_edicion=18184&news=134&cli=110&e=18184&accion=ampliar- Tiempo de Seguros Newsletter 242)

 

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