La Superintendencia de Seguros de la Nación a través de la presente Comunicación dispuso por única vez, de manera excepcional, transitoria e improrrogable, autorizar a las entidades a efectuar las tasaciones y la estimación de la expectativa de vida de los inmuebles hasta el 30/06/2017 a través de las siguientes entidades bancarias:
Esto responde al atraso del Tribunal de Tasaciones de la Nación (TTN) en realizar las tasaciones de inmuebles requeridas por las entidades aseguradoras en cumplimiento del punto 39.1.2.3.1 del RGAA (“Todos los inmuebles deben contar con la tasación y la estimación de la expectativa de vida realizada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación. El trámite de tasación debe ser gestionado directamente por las aseguradoras y reaseguradoras ante el referido Tribunal”), tal cual fue informado a esta Superintendencia de Seguros de la Nación por parte de las aseguradoras y cámaras del sector, habiendo este Organismo tomado contacto con el TTN sin obtener respuesta positiva alguna.
Tal como señala el documento, será necesario contar con al menos dos tasaciones emitidas por las entidades bancarias autorizadas, de las cuales el valor tasado a considerar será el menor que surja de ambas.
Por último, el valor razonable previsto en el punto 39.1.2.3.1 del RGAA, será el 85% del valor informado por la entidad tasadora autorizada.
(fuente: http://100seguro.com.ar/la-ssn-dispuso-mecanismo-unico-y-excepcional-para-tasar-inmuebles/#sthash.8N5wjJWY.dpuf)