Se aprueba el nuevo procedimiento para pagos de primas por reaseguros al exterior

SSN_logo nueva imagenLa SSN ha dado a conocer una nueva norma en relación al pago de primas por reaseguros al exterior, con cambios respecto al procedimiento vigente hasta ahora. En ese marco, como primera medida, resolvió derogar la Resolución N° 38.595 -de septiembre de 2014- que detallaba el procedimiento para dar curso al trámite correspondiente a la solicitud de pago de primas en concepto de reaseguro al exterior, tanto para aseguradoras como para reaseguradoras locales de objeto exclusivo, al igual que la Circular SSN N° 9353, donde informaba a las entidades de reaseguradoras locales el procedimiento para el retiro de las órdenes de pago autorizadas.

Así, mediante la presente Resolución, la Superintendencia aprobó el nuevo procedimiento por el cual las Reaseguradoras locales deberán informar dentro de los 5 días de realizado la operación, a través del aplicativo SINENSUP REASEGUROS, las transferencias al exterior en concepto de pagos de primas de reaseguros.

Este procedimiento que figura en el anexo de la presente norma consta de dos pasos: en el primero, el usuario debe ingresar al aplicativo SINENSUP Reaseguros y acceder al Menú Transacciones – Remisión de Fondos al Exterior – Pago de Primas – Cargar Contrato. En el segundo paso, una vez efectuado el pago de primas de reaseguros al exterior, el usuario debe completar el formulario de Aviso de Pago ingresando al Menú Transacciones – Remisión de Fondos al Exterior – Pago de Primas – Cargar AP (es condición necesaria que cada contrato que origina el pago haya sido confirmado antes de ingresar el aviso de pago). Para finalizar la operación debe confirmar el Aviso de Pago cargado.

Por último, vale la aclaración de que los pagos realizados entre el dictado de la Comunicación “A” 5981 del BCRA y la presente Resolución, deben ser cargados en un plazo no mayor a 30 días desde el dictado de la presente (7/9/16) mediante un Aviso de Pago, destaca la información de la que se hace eco 100%seguro.

(fuente: BDSAL – 13/9/16)

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