Una forma de sacar dinero del país fue contratar seguros de retiro en el exterior para hacerse de una jubilación en dólares, pero esto está prohibido, y debería ser una de las situaciones que se solucionen con el blanqueo. Sin embargo, la ley de sinceramiento fiscal no prevé que se perdonen las multas que rigen en estos casos que pueden llegar a 25 veces del valor de las primas aseguradas.
Los seguros contratados en el exterior, con cuenta de capitalización, tienen un valor en dólares, y están a disposición del asegurado que los puede retirar cuando lo desee, quedando así enmarcados dentro de las tenencias susceptibles de blanquearse, comentó María Inés Lasala, Coordinadora Académica del Departamento Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Y consideró que es necesario que el Poder Ejecutivo aclare y precise que no serán de aplicación las multas establecidas en el artículo 2 de la Ley 12.988. O por lo menos, lo podrían aclarar la AFIP junto con la Superintendencia de Seguros de la Nación.
(fuente: http://boletines.latinoinsurance.com/hace-falta-liberar-de-multas-a-los-seguros-de-retiro-para-el-blanqueo/?more=1)