
PREGUNTA: Estimado Rodolfo, un cliente me consulta sobre la tarjeta azul (o celeste, si te gusta mas). Cuales son sus implicancias, si sirve efectivamente para algo… en fin, lo que me puedas decir. Desde ya, muchas gracias.
RESPUESTA: Muy Estimado, en principio tengo que decirte que todo lo que aquí te respondo, tiene como fuente a la Página Web de la DNRPA.
Pero comencemos por el principio.
El titular del vehículo es quien puede solicitar al Registro de la Propiedad del Automotor en el cual está radicado el rodado la expedición de una o más Cédula/s Azul/es (Cédula/s de identificación para autorizado a conducir), a fin de instrumentar documentalmente la autorización a un tercero para usar el automotor.
Quien esté autorizado a conducir deberá exhibir solamente la cédula azul para poder circular con el vehículo. No es necesario circular también con la cédula verde.
¿Cuáles son los “beneficios” de la Cédula Azul?
- Mejorar la seguridad vial en su conjunto y la seguridad del propietario del automotor y del conductor en particular.
- Restringir la utilización de los vehículos sólo a aquellas personas que estén autorizadas por los propietarios.
- Permitir que toda persona que circula con un automotor, sea el titular registral o un autorizado por éste, cuente con una identificación.
- Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde sino que se destina a los terceros autorizados que manejan un auto del cual no son titulares.
- La cédula servirá a la vez para que un tercero pueda salir con el automóvil a un país limítrofe en forma temporal.
- Si se vende el automotor las cédulas que se hayan solicitado para manejar dicho vehículo serán dadas de baja automáticamente (dice la DNRPA, pero -por experiencia propia- te sumo el dato de que deberán ser entregadas al Registro Automotor cuando se entrega toda la papeleria y la tarjeta verde del vehículo vendido).
- La cédula azul no tiene vencimiento.
Espero que todo esto te sea de utilidad. Cordialmente. RON




