Seguro de autos: 6 claves para estar bien cubierto

Interrogante automovilsticoLos plazos para hacer la denuncia, cuánto se debe pagar por póliza, tipos de cobertura, e indemnizaciones. Lo que hay que saber para reclamar lo que corresponde.

Los seguros para autos son obligatorios para poder circular (Ley 24.449) y, ante un accidente o ciertos tipos de daños en el vehículo, la compañía aseguradora cubrirá todos los gastos que se hayan producido no solo al dueño del auto sino, también, a las personas involucradas dependiendo de la póliza contratada.

Este principio general tiene algunas variantes y puntos importantes que hay que tener en cuenta para que la cobertura sea la pactada:

1) Denuncia: La denuncia en el seguro debe ser realizada dentro de las 72 hs. de ocurrido el accidente, caso contrario, no habrá cobertura. Si no hay denuncia en la compañía de seguros dentro de ese plazo la única forma de tener la cobertura es demostrar que fue imposible comunicarlo en el tiempo exigido. La compañía de seguros tiene 30 días para rechazarlo y, si no dice nada la ley de seguros establece que se toma como aceptado y está obligada a dar la cobertura pactada.

2) Pago de la prima: El pago del costo de la póliza está establecido por la prima que es el costo del seguro. Este valor, generalmente, se divide en cuotas y deben estar pagadas en la fecha del vencimiento de cada una para que la aseguradora otorgue la cobertura en caso de un siniestro. La sugerencia siempre es contar con los comprobantes de pago otorgados por la compañía de seguros porque si hay una discusión sobre la falta de pago en término la forma de probarlo va a ser, en principio, el comprobante de pago, el resumen de la tarjeta de crédito o débito o la transferencia bancaria.

3) Franquicias: Es una porción de dinero que abona el asegurado en caso de siniestro. Por eso es importante leer bien la póliza antes de contratarla porque esto varía de acuerdo a los vehículos y las compañías de seguros. En estos casos, la aseguradora cubrirá los daños cuando superan el valor de la franquicia.

4) Daños en el vehículo: Si la póliza es por “todo riesgo” no habrá discusión en cuanto a la cobertura total del auto. Las mayores discusiones surgen cuando se contratan seguros por responsabilidad civil, es decir, la póliza conocida como “terceros o terceros completo”. En esos casos hay dos formas de establecer la cobertura y es: a) Destrucción total (la reparación supera el 80 % del costo del auto) o b) Daño total (el valor de los restos del auto no supera el 20 % del valor del vehículo). También, de acuerdo a cada póliza se cubren daños menores pero se estará a lo puntualmente pactado.

5) Indemnizaciones para el asegurado: Para que la compañía de seguros cubra a su asegurado deben darse alguno de los supuestos que figuren en la póliza. Generalmente, se cubre al asegurado cuando se trata de daños en su vehículo y la cobertura es contra todo riesgo o cuando es tercero completo pero el daño en total. En esos casos los daños por lesiones deberán ser reclamados a la compañía de seguros de quien lo embistió.

6) Indemnizaciones para los iban en el auto o para los que fueron embestidos: Estos pagos no hay que hacerlos ni recibirlos en el momento del siniestro. Ante un accidente hay que solicitar y dar los datos personales, del vehículo, de la compañía de seguros y de testigos presenciales que estén en el lugar. En caso de intervención de la policía y personal médico hay que guardar todos los datos que permitan realizar una investigación sobre los hechos posteriores, seguimiento de la causa penal y posibles lesiones de las personas involucradas. Las indemnizaciones tienen que ser reclamadas ante la compañía de seguros del vehículo embistente. Si la aseguradora no lo cubre se deberá iniciar una acción judicial contra el asegurado y su compañía de seguros.

En conclusión, si tenemos presentes cada una de las claves es posible estar cubiertos y reclamar lo que corresponde. Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y lo expuesto no implica un asesoramiento al reclamo puntual sino sólo sugerencias de cómo proceder.

(fuente: Boletines Latinoinsurance [boletines@latinoins.com]- Boletín de Noticias No. 3494)

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