Por amplia mayoría, la Cámara de Diputados aprobó el jueves pasado y giró al Senado un proyecto que contempla nuevos agravantes por delitos viales y aumenta la escala de penas para este tipo de accidentes.
La modificación más importante agrava la pena del artículo 84 del Código Penal (homicidio culposo) de tres a seis años de prisión en estos casos: si el conductor se da a la fuga; si no intenta socorrer a la víctima, o se encuentra bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a 500 mg/l de sangre (en el caso de conductores de transporte público) o un 1 gramo, en los demás casos.
También, a quienes conducen con un exceso de velocidad de más de 30 km/h por encima de la máxima permitida o si conducen estando inhabilitados para hacerlo, o si violan la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación. Además, se incorpora la «culpa temeraria», cuando el conductor comete el hecho «a sabiendas de que está causando un daño».
Aumento
En caso de fuga, por no auxiliar a la víctima, por conducir drogado o alcoholizado o por exceso de velocidad
Culpa temeraria
Se aplicará cuando el conductor cometa el delito a sabiendas de que causa un daño.
Fuente: La Nación.