AAPAS informa sobre tema muy importante: requisitos para publicidad de PAS

La Superintendencia de Seguros de la Nación, en el art. 7º de la Resolución 37.588 (publicada en el Boletín Oficial el 10 de junio de 2013) dispone: «La publicidad, promoción y/o difusión de los servicios que las Entidades de Seguros, Productores Asesores de Seguros y Agentes Institorios efectúen a los asegurados y usuarios por cualquier medio de comunicación gráfico, digital, radial o televisivo deberá incluir: 1) el servicio telefónico de la Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 ó 0-800-666-8400; 2) la página web de este Organismo: (www.ssn.gob.ar) y 3) el número de inscripción en el registro correspondiente de la Superintendencia de Seguros de la Nación”. Las entidades aseguradoras contarán con un plazo de sesenta (60) días hábiles, desde la entrada en vigencia de la presente Resolución, para cumplimentar estas disposiciones.

Al respecto, AAPAS consultó en el Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado de la Superintendencia de Seguros de la Nación (DOAA) y obtuvo la siguiente información respecto a Productores Asesores de Seguros:

-Esta disposición es de cumplimiento obligatorio y se verificará en las inspecciones que realice Superintendencia.

-En el siguiente link de la página de SSN, se pueden observar los ejemplos de formatos que deberán aplicarse: http://www.ssn.gov.ar/Storage/pauta/res_publicitaria.html

-Las especificaciones de medidas no están previstas por el momento, pero sí deberá respetarse el formato, aspecto y color del logotipo de SSN (de acuerdo al archivo adjunto remitido por Superintendencia, para su utilización).

– Los renglones en donde dice: Persona física Nº de matrícula: 0000, deberán colocarse individualmente, en cada caso, respetando el color y tipografía.

Las disposiciones para Compañías Aseguradoras son las siguientes:

-La resolución se aplica a todas las empresas de seguros, ya sea que publiciten un producto o servicio o efectúen la publicidad institucional.

-Esta disposición es de cumplimiento obligatorio y se verificará en las inspecciones que realice Superintendencia.

-En el siguiente link de la página de SSN, se pueden observar los ejemplos de formatos que deberán aplicarse: http://www.ssn.gov.ar/Storage/pauta/res_publicitaria.html

-Las especificaciones de medidas no están previstas por el momento, pero sí deberá respetarse el formato, aspecto y color del logotipo de SSN (de acuerdo al archivo adjunto remitido por Superintendencia, para su utilización).

-El renglón donde dice: Nº de Inscripción SSN: 0000, deberá colocarse individualmente, en cada caso, respetando el color y tipografía.

-Para confirmar el número de inscripción en SSN, podrán ingresar en: www.ssn.gob.ar, a la izquierda en Aseguradoras y allí en Datos Generales, colocando el nombre de la empresa.

-Para otras consultas relacionadas con el tema, podrán dirigirse directamente al DOAA: 4338-4000

(fuente: Boletín Institucional de AAPAS | Nº 82| 30 de agosto de 2013)

 

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