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La Comisión Asesora y Fiscalizadora de la ACTC, definió el Reglamento Particular de la próxima competencia de Turismo Carretera que se llevará a cabo en Olavarría el 23 de Agosto.
Se establece como Reglamento Particular de la Prueba a efectuarse el próximo 20-23/8/2015 en el autódromo “Hnos. Emiliozzi” de la ciudad de Olavarrtia, Pcia de BS. AS., las siguientes modificaciones e incorporaciones al actual Reglamento, al solo efecto de la presente competencia.
Art. 1°: A todos los automóviles inscriptos, mediante un sorteo a realizarse el Martes 18 de Agosto, a las 18.00 hs. en la sede de la CAF DE LA ACTC, se les asignarán las carpas IMPARES Y PARES, del sector de boxes, a la cual podrán concurrir los Jefes de Equipo.y/o Concurrentes.-
Art. 2°: Esta competencia será de “carácter especial”. No se disputarán las pruebas de clasificación ni las series clasificatorias. Se efectuará una PRUEBA FINAL con un recorrido total de 45 (cuarenta y cinco ) vueltas y/o un tiempo máximo de 75 ( setenta y cinco ) minutos de duración.-.
Art. 3° : A los pilotos inscriptos, ordenados por el estado del presente campeonato hasta esta Carrera Especial, se los dividirá en tres tercios. Luego mediante otro sorteo, que se efectuará el día sábado 22 de Agosto a las 18:00 Hs. en el escenario, que va a estar ubicado después de la salida de boxes, se determinará la ubicación de los integrantes de cada tercio, dentro del mismo.
Todos los pilotos deberan presentarse a las 17:30 horas en una carpa que estará ubicada atrás del citado escenario.( con buzo y botas obligatoriamente )
Todos los automoviles de competicion deberan estar ubicados en el corralito preparado al efecto en la salida de boxes a las 16:30 horas. Cada auto deberá estar acompañado por 4 (cuatro) mecánicos vestidos con buzo antiflama.
La grilla de largada de la prueba FINAL se conformará primero con los integrantes del 3° Tercio, luego con los del 2do. Tercio y a continuación con los pilotos del 1er. Tercio.
Art. 4°: Todos los competidores estarán obligados a detenerse en boxes para realizar un reabastecimiento de combustible, estando habilitados los mismos a partir de la quinta vuelta, a los efectos aludidos. Los vehículos ubicados en boxes impares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas impares. Los vehículos ubicados en boxes pares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas pares. En todos los casos será de libre elección del piloto la vuelta para efectuar la detención. Se entiende por “cumpliendo” el momento en pasar por la torre de control cerrando la vuelta respectiva.
En caso de entrar el Pace Car durante cualquiera de las vueltas indicadas, se mantendrán los boxes cerrados solamente para el reabastecimiento de combustible.
En el caso de suceder algún siniestro dentro de calle de boxes se cerraran los mismos totalmente.
En el supuesto que por este motivo los boxes estuvieren cerrados, al reanudarse con bandera verde, se mantendrá el criterio establecido de vueltas pares e impares.
Para esta competencia no será de aplicación lo dispuesto en los Art. 34° y 37° del Reglamento de Campeonato 2015 de la categoría.
Art. 5°: Los únicos trabajos que se permitirán en el momento de la detención de reabastecimiento, será la limpieza del parabrisas y de la entrada de aire al canalizador del radiador, cualquier otro tipo de trabajo o reparación, deberá efectuarse en el interior de boxes.
Es opcional la detención o no del motor en el momento de parar para el reabastecimiento de combustible.
La violación a estas disposiciones como asi tambien cualquier anomalia informada por los veedores en el reabastecimiento podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la exclusion según sea la falta y a criterio del Comisariato Deportivo.
Art. 6°: Prioridad de salida. La prioridad de tránsito en la calle de boxes la tendrá el vehículo que circule por ella sobre el que comienza a realizar la maniobra de salida luego de la recarga de combustible. La violación al presente artículo será sancionado por el Comisariato Deportivo.
Art. 7°: Designación de Veedores. El control y supervisión del trabajo de reabastecimiento será realizado por un número de hasta 23 veedores, designados por este Ente Fiscalizador, por su experiencia y conocimiento, cuya nómina será entregada al Comisariato actuante.
Art. 8°: Identificación de auxiliares. Cada equipo podrá disponer de un máximo de 4 colaboradores que deberán estar provistos con la indumentaria establecida en el Reglamento de Campeonato ( Art. 55° Inc. 11°), con la correspondiente identificación con el número del auto. Uno de ellos será el encargado de dar la orden de detención y reinicio de marcha, luego del reabastecimiento, debiendo autorizar la salida solo en el caso que no sea perjudicado otro vehículo. Este auxiliar encargado de dar la orden de detención y salida del vehículo pertinente, deberá estar provisto de un cartel indicatorio y se adelantará exclusivamente fuera de la franja pintada de seguridad a tales efectos, para que luego de detenido el vehículo dejar habilitados los tres (3) restantes auxiliares en dicha zona. Otro será el encargado y responsable del matafuego, quien deberá instalarse al lado de la carga. Los restantes dos (2) colaboradores harán el reabastecimiento con los elementos homologados para el mismo.
Estos tres últimos deberán utilizar ropa interior y capucha ignífuga, como así buzo antiflama, guantes, casco protector y botas o calzado de seguridad.
Art. 9°: El viernes 21 y el Sábado 22 de Agosto en oportunidad de realizarse las pruebas de entrenamientos, se intercalará un simulacro de recarga obligatorio, a los fines de familiarizarse con la presente reglamentación. Los mismos se realizaran con todos los elementos de seguridad antes mencionados.
Los pilotos inscriptos serán divididos de acuerdo al sorteo previo: en Boxes Impares y Boxes Pares, teniendo habilitado el circuito el día viernes durante 40 ( cuarenta) minutos y el dia sabado durante 30 (treinta) minutos, desde la apertura de boxes, cada grupo.-
Cada grupo de pilotos de Boxes Impares y de Boxes Pares será dividido por mitades en Sub-Grupo “A” y Sub- Grupo “B”, teniendo habilitado la pista durante diez (10) minutos, desde la apertura de boxes cada día, conforme al organigrama de la competencia, a los fines de poder realizar una práctica de la recarga de combustible.
Art.10° : El día Viernes 21 de Agosto, al finalizar la actividad en pista, se realizará una reunión con los jefes de equipos obligatoria, los que serán responsables de las faltas que produzca su equipo, para lo indicado en el presente R.P.P., quedando el Comisariato Deportivo actuante en la competencia a disposición de ellos, para poder consultar cualquier duda antes de la realización de la PRUEBA FINAL.-
Art. 11°: PUNTAJE DE LA PRUEBA: se asignara a los pilotos clasificados el puntaje indicado para una PRUEBA FINAL, en el Reglamento de Campeonato de la especialidad ( Art. N° 5), para el Campeonato Argentino de Turismo Carretera 2015.
Art. 12°: Todo vehículo que largue la competencia final, deberá ingresar al parque cerrado, aunque no hubiera concluido la misma.
Art. 13°: Por razones de seguridad éste RPP podrá incorporar modificaciones pertinentes.
Fuente: ACTC Prensa.