El pasado martes 8 de marzo, la Comisión de Capacitación y Mutualismo Escolar de la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), expuso frente a la Junta Ejecutiva y Junta Fiscalizadora de la entidad acerca del tema de Mutualismo Escolar, su importancia y las gestiones que viene realizando en esta materia, como así también, la organización del próximo Congreso de Mutualismo Escolar.
Los miembros de la mencionada Comisión, contador Nicolás Martínez y Carlos Carranza, manifestaron a los presentes que la Confederación elevó un pedido al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) solicitando se realice las gestiones necesarias, a los fines de la implementación de lo dispuesto por la Ley Nº 16583/64, su decreto reglamentario Nº 1171/2003 y la Ley Nacional de Educación Nº 26206/06 en su artículo 90, referidas a la enseñanza del cooperativismo y mutualismo escolar en los establecimientos educativos de todo el país.
En el mismo se requiere la creación y puesta en marcha de la Comisión Nacional prevista en el artículo 5º del decreto 1171/03, y en un todo de acuerdo al citado Decreto, que la Comisión debe estar integrada por representantes del Ministerio de Educación, INAES, y la confederación de Mutuales y Cooperativas, como así también, la efectiva implementación del sistema de adjudicación de personería escolar prevista en su artículo 10, para lo cual se le ofreció al organismo la representación como Confederación Mutual y la experiencia de un fuerte trabajo realizado en la procura de promover al mutualismo y al cooperativismo escolar en nuestro país.
La solicitud al INAES, tiene su fundamento en la mencionada Ley Nº 16583 que “declara de alto interés nacional la enseñanza de los principios del cooperativismo”, y en sudecreto reglamentario Nº 1171/03 estableciendo en sus considerandos los cimientos de la solicitud elevada, declarándose de alto interés la enseñanza teórico-práctica, en los establecimientos educativos oficiales y privados, de los principios del cooperativismo y del mutualismo, que promueve la constitución de cooperativas escolares y mutuales escolares. Y por último, la Ley Nacional de Educación Nº26206/06, ratifica y legisla en concordancia con las dos normas legales mencionadas anteriormente.
Todo esto permitirá lograr una mejora en la enseñanza de los principios y en la aplicación teórico-práctica del cooperativismo y el mutualismo en los establecimientos educacionales y por otra parte, posibilitará a las cooperativas y mutuales escolares contar con un encuadre normativo, al inscribirse dichas asociaciones de alumnos en un Registro Nacional de Personerías de Cooperativas y Mutuales Escolares.
Para finalizar se proyecta para julio de este año, se lleve a cabo el Congreso de Mutualismo Escolar, en el que se plasmarán los esfuerzos y logros obtenidos, se intercambiarán experiencias, y donde la CAM se encuentra firmemente comprometida a la propagación del Mutualismo en las escuelas.
(fuente: CAM informa contacto@camargentina.org.ar)