SELLADOS E IMPUESTOS: Costos impositivos que genera la emisión de un contrato de seguro, como por ejemplo: IVA, ingresos brutos, impuesto a los sellados, servicios sociales, tasa superintendencia, etc.
SINIESTRO: Acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al Asegurado.
SOBREPRIMA: Recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados.
SOBRESEGURO: Es cuando el interés asegurable, esta asegurado por un valor superior al real. En tal caso, la cia. Aseguradora solo esta obligado a indemnizar hasta la suma del daño sufrido y no hasta el valor que estaba asegurado.
SPP: Seguros para las Personas
SSN: Superintendencia de Seguros de La Nación.
SUBAGENTE: Es la persona designada por un agente para colaborar con él en la producción de seguro.
SUBROGACIÓN: Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al asegurador hasta el monto de la indemnización abonada. El asegurado es responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador. La subrogación es inaplicable en los seguros de personas.
SUMA ASEGURADA: Monto máximo por el cual una aseguradora fija su responsabilidad frente al asegurado y debe estar expresada en el contrato de seguro. Pueden estar expresadas en distintos tipos de moneda.