Hace unos días, en La Araucanía, se produjo la primera condena por fraude bajo esta normativa. El 18 de junio del año pasado un transportista y su primo denunciaron el robo y ataque incendiario en contra de su camión, en el camino a Huichahue, en un sector rural de Padre Las Casas. Cinco meses después, no obstante, se les formalizó en el Juzgado de Garantía de Temuco, acusados de simular el atentado. Ello, luego que la PDI estableciera que fue el propio denunciante quien protagonizó el siniestro con la finalidad de cobrar un seguro de $14 millones. “Los seguros son un contrato de buena fe, por lo tanto proteger la confianza entre los agentes del mercado es un objetivo trascendental”, aseguró el vicepresidente ejecutivo de la Asociación de Aseguradores (AACh), Jorge Claude, sobre los cambios que introdujo la Ley de Contrato de Seguros, que tipifica los delitos de fraude e intento de fraude a las aseguradoras. La Ley 20.667, que comenzó a regir en diciembre de 2013 con un enfoque pro-consumidor, tiene como contraparte la modificación que tipificó estos delitos, ya que antes las compañías debían primero pagar al cliente y luego demandarlo por estafa, lo que dificultaba el proceso. Hace unos días se produjo la primera condena por fraude bajo la nueva normativa, con la sentencia en contra del transportista y su primo: 400 días de presidio y el pago de 2 UTM (que se dio por pagada debido al tiempo que pasaron en prisión preventiva). “Esta tipificación era un antiguo anhelo de la industria y nuestro desafío ahora es generar conciencia en la ciudadanía sobre esta materia”, puntualizó el representante del gremio. Agregó asimismo que “la Ley de Seguros profundizó la transparencia con este enfoque pro-consumidor, con el que estamos de acuerdo y en el que desde hace años venimos trabajando. Pero es importante que se sepa que así como los seguros están disponibles para proteger su vida y sus bienes, también deben considerar que hoy existen sanciones frente a un mal uso de esta herramienta”. Si bien no hay estadísticas de fraudes en Chile, en otros países fluctúan entre 2% y 5%, según el ramo. Las mayores tasas de fraude o cobro indebido estarían en los seguros de salud, accidentes y vehículos. “En países como Argentina, España y México, aunque hay fraudes distintos, en general, son escasas las ocasiones en que se observan estos delitos organizados y en grandes cuantías. Los más comunes -según nos indicaron- tienen relación con simulación o agravamiento del siniestro, modificación de las condiciones en que ocurre el siniestro o intentar utilizar la cobertura de un seguro ajeno”, explicó Jorge Claude.
Fuente: Boletín Latinoins Nº 3445 –
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