AAPAS rechaza el límite a los gastos de comercialización en el proyecto de reforma de LRT

AAPAS RECHAZO AL LÍMITE DE GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN IMPUESTO A LOS PAS

Por su parte, la Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros (AAPAS) ha comunicado que rechaza el límite de gastos de comercialización impuesto a los PAS que se prevé en el anteproyecto de reforma a la LRT. Antes del dictado del decreto 1694 B.O. 06/11-09, que introdujera las últimas modificaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo-LRT, existieron versiones preliminares de modificación que limitaban los gastos de comercialización al 5% del total de lo recaudado en concepto de alícuotas.

El comunicado de AAPAS explica que “los productores asesores de seguros (PAS) estamos comprometidos con la evolución del sistema de protección de riesgos laborales y hemos contribuido, en el marco de nuestra misión, derechos y obligaciones, a hacer efectiva la ley y sus reformas. No obstante, no hemos sido invitados al ámbito en que se analizan las distintas versiones del anteproyecto de ley que sería remitido al Parlamento Nacional”.

AAPAS se mostró en desacuerdo con el artículo 42 del proyecto, que señala en el apartado 8 que se debe limitar «los gastos de comercialización, intermediación o difusión comercial hasta el 5% del total de lo recaudado en concepto de alícuotas». En el que se añade, “no se entiende el origen ni el por qué de la insistencia en un tema que no afecta la cobertura ni las prestaciones ofrecidas a los trabajadores, ni afecta a los empleadores afiliados y que ha quedado demostrado, no redunda en el incremento de costos del sistema”.

Por lo parte la Asociación de Productores Asesores de Seguros de la Argentina (FAPASA) también ha afirmado su “sorpresa” por la medida impulsada y se mostró en contra de la misma. “Si todos los gastos de comercialización se limitaran al citado cinco por ciento, la remuneración de los Productores Asesores debería caer a niveles absurdos que de ninguna manera compensarían las tareas que tienen a su cargo. Más aún, en la mayoría de los casos de pequeñas y medianas empresas, los PAS realizan funciones que van mucho más allá del asesoramiento e intermediación en el momento de la celebración de los contratos y su labor se extiende a otras tareas dentro del ámbito de la ley que, por su naturaleza, esas empresas no están capacitadas funcional y económicamente para afrontar”, recoge ‘Buenafuente’.

Por redacción BDSAL – 16/07/2012

(Muchas gracias Silvina Vazón por la información)

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