Nuevo proyecto de ART: impulsan subir dos veces al año las indemnizaciones

Nuevo proyecto de ART: impulsan subir dos veces al año las indemnizaciones

La iniciativa, que ya tiene lista el Gobierno y cuenta con el apoyo de la CGT pero una fuerte resistencia empresaria, también contempla una prestación dineraria adicional del 20% con el objetivo de evitar la polémica doble vía.

Las indemnizaciones por accidentes laborales se actualizarán semestralmente, pero no lo harán según el Instituto Nascional de Estadística y Censos (INDEC).

El proyecto de ley de Riesgos de Trabajo que el Gobierno tiene listo para enviar al Congreso y a cuya copia accedió en exclusivo el matutino El Cronista, estipula que las prestaciones se ajustarán entre enero y julio de cada año en función del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), que realiza el Ministerio de Trabajo y que en el último año registró un aumento del 32,5 por ciento.

La iniciativa, que tiene el apoyo de la CGT pero una fuerte resistencia empresaria, contempla, además de la indemnización que le correspondiere al trabajador por su grado de incapacidad, una indemnización adicional del 20% de la anterior con el objetivo de evitar la polémica “doble vía”, señala el matutino.

Esta suma aparte, prevista en el inciso “b” del artículo 35 del proyecto, sí tendrá opción excluyente, por lo que si un trabajador opta por cobrar este porcentaje adicional, deberá renunciar a iniciar un juicio por la vía civil. Con esta cláusula, el Gobierno prevé que se reducirá la litigiosidad. Sin embargo, así como la Corte Suprema invalidó con sus sentencias la opción excluyente de la ley actual, también podría hacerlo para el adicional.

Si el trabajador optase por avanzar por la vía civil para obtener reparación por otros daños, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) deberá depositar igualmente ese monto, que se deducirá luego del valor estipulado por la Justicia. Si el dinero determinado judicialmente resultase inferior al depositado por la ART, el excedente deberá depositarse a la orden del Fondo de Garantía, por lo que este costo adicional para la aseguradora será trasladado a la cuota que le cobran a las empresas.

Este fondo será creado por el artículo 53 del proyecto y tendrá como objetivo cumplir con el pago de las prestaciones en caso de insuficiencia patrimonial o quiebra del empleador, judicialmente declaradas.

Otro de los artículos que cuestionan los empresarios de la iniciativa impulsada por el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, es el 17, que contempla la creación de los comités mixtos. Estas estructuras estarán conformadas por representantes de las empresas y de los trabajadores, que serán elegidos en las paritarias y que servirán para controlar el funcionamiento de las normas de prevención de los accidentes. Sólo regirán para las compañías que cuenten con un mínimo de 50 empleados.

Se trata de un esquema similar al sugerido en el proyecto impulsado por Hugo Moyano para el reparto de las utilidades empresarias entre los trabajadores. Los empresarios comparan estos comités con los soviets porque obliga a la empresa a compartir información sensible con los trabajadores.

En cuanto a las indemnizaciones, según el artículo 35 de la iniciativa, el damnificado cobrará una indemnización de pago único de a) $80.000 UPE por incapacidad parcial o superior al 50%, b) $100.000 UPE por incapacidad laboral total y c) $120.000 UPE por muerte. Pero a este monto se le agregará otro monto que será igual a 53 veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad y por un coeficiente que resultará de dividir 65 por la edad del damnificado al momento del accidente. En el caso de muerte o incapacidad total, ese valor no podrá ser inferior a $180.000 UPE, que representan $180.000 al valor actual de la unidad. En tanto, la indemnización adicional, del 20% de la prestación dineraria común, no podrá ser menor a 54.000 UPE.

El inciso “d” de este mismo artículo refiere a uno de los históricos reclamos de la UIA: los accidentes in itinere. Para los empresarios, estos accidentes debían dejar de estar cubiertos en la ley, ya que son los que se producen en el trayecto desde la casa del trabajador a la oficina o viceversa. Sin embargo, la iniciativa los mantiene.

El ajuste de las indemnizaciones está contemplado en el artículo 75 del proyecto, ya que en ese apartado se define que el valor de referencia de la UPE es $1, pero que “se ajustará semestralmente, en los meses de enero y julio de cada año, en función de la variación del RIPTE”. De esta manera, todas las prestaciones dinerarias quedarán atadas a la variación de este índice.

Según El Cronista, otras modificaciones relevantes son, por ejemplo, que el Poder Ejecutivo tendrá la facultad podrá modificar el Listado de Enfermedades Laborales y que podrán crearse sociedades de seguros mutuos, sin fines de lucro, que podrán competir con las ART.

Tomada ya había adelantado a comienzos de año que enviaría al Congreso un nuevo proyecto de Riesgos de Trabajo. La fecha inicial era marzo, pero su presentación se fue postergando por falta de consenso. El ministro comenzó a distribuir la iniciativa entre los distintos sectores involucrados y comenzó a tener fuertes resistencias empresarias. Desde la UIA sostienen que este proyecto fomenta aún más la industria del juicio, ya que “cambia toda la ley, en lugar de atacar sólo los aspectos que están en discusión y que hacen crecer diariamente los juicios, como por ejemplo la doble vía”, consideró un miembro del comité ejecutivo de la entidad.

El borrador del proyecto será debatido mañana en un encuentro de los grupos técnicos del Grupo de los 6 (G-6), que analiza salir a cuestionarlo en conjunto. El grupo integrado por la Bolsa de Comercio, Adeba, la UIA, la Sociedad Rural Argentina y las cámaras de Comercio y Construcción hace tiempo que no se reúne a nivel de presidentes, pero sí lo hace a nivel técnico. En el caso de la central industrial, su titular, José Ignacio de Mendiguren, ya le manifestó claramente a Tomada que no avalará el proyecto tal cual está redactado.

(fuente: IProfesional.com – 23/7/12)

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